HURTADO DETECTIVES pone a disposición de sus clientes, si así lo desean, el seguimiento online de la evolución de sus expedientes de investigación que se encuentren en curso.
Determinados sujetos carentes de habilitación profesional, vienen ofreciendo y prestando servicios propios de los Detectives Privados. Consecuencia de ello, algunos clientes de estos sujetos han visto rechazados los informes por los Tribunales de Justicia, a la vez que han podido ser objeto de inspección y sanción por parte de las autoridades administrativas.
Al respecto informamos que:
Los detectives privados disponemos de una acreditación profesional expedida por el Ministerio del Interior. Solo esta acreditación habilita al profesional para prestar los servicios propios de los detectives privados.
A efectos de información general, reproducimos la tarjeta de identidad profesional expedida a los detectives privados por el Ministerio del Interior. Actualmente, conviven los siguientes dos modelos, cualquiera de ellos identifica a un verdadero detective privado.
La mayoría de los sujetos NO habilitados por el Ministerio del Interior, buscan una pretendida y falsa cobertura a través de acreditaciones de fantasía e insignias de determinadas asociaciones.
Los siguientes carnés asociativos NO HABILITAN para el ejercicio profesional ni para las funciones de detective privado:
Porque ofrecemos nuestra experiencia, una atención personalizada y absoluta confidencialidad, garantizando el secreto profesional.
Porque atendemos su consulta de manera gratuita y sin compromiso, tanto en nuestro despacho, como en su empresa o domicilio, ofreciéndole una solución a medida de sus necesidades.
Porque la posesión de información es clave, tanto a nivel empresarial como particular, ya sea para poder tomar una decisión, o bien modificar otra decisión tomada con anterioridad.
Porque obtenemos y aportamos a nuestros clientes las pruebas e informes necesarios para facilitar la toma de decisiones, que permitirán valorar la conveniencia o no de entablar actuaciones judiciales. En caso de pasar por los Tribunales de Justicia, nuestros informes se constituirán como prueba en los distintos órganos judiciales, y serán ratificados y defendidos por HURTADO DETECTIVES en el proceso judicial. En este sentido, el Tribunal Supremo define al detective privado como un testigo privilegiado en todo proceso judicial, siendo un medio de prueba dotado de exclusividad.
Porque según lo establecido en la Ley 23/1992, y el Real decreto 2364/1994 los Detectives Privados somos los únicos profesionales que pueden 'obtener y aportar, información y pruebas, sobre conductas y hechos privados'